El Tribunal Supremo Administrativo ha revocado la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) de un conteo obligatorio de los recibos de control al término de la jornada electoral del próximo 14 de noviembre. Este requisito había sido impartido a todas las comisiones electorales en los colegios electorales de votación por máquina. Los resultados debían apuntarse en un protocolo anexo al de la votación mecánica.
”El único documento que certifica el resultado de la votación es el protocolo impreso por la máquina. El conteo de los recibos es solo una forma de control y no ha de ser anotado en los protocolos”, ha dictaminado el Tribunal. No obstante, según los magistrados, la JEC podrá realizar un conteo de control en el volumen que considere, y tal conteo no podrá incidir en el resultado electoral.Seis países, incluida Bulgaria, corren el riesgo de incumplir el marco fiscal de la UE en 2026. Así lo establece el paquete de otoño del Semestre Europeo adoptado por la Comisión Europea sobre los presupuestos de los Estados miembros. Se insta a otros 12..
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