El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que Bulgaria debe expedir documento de identidad (ID) o un pasaporte a una niña de una familia homoparental.
La pequeña nació hace dos años en España de una madre búlgara y la otra de Gibraltar, pero no puede obtener pasaporte en España ya que la pareja no tiene ciudadanía española, y tampoco en Gibraltar o Reino Unido porque no nació allí. La única posibilidad que queda es la nacionalidad búlgara, pero los problemas provienen del hecho de que la legislación búlgara no acepta el matrimonio homoparental ni reconoce los contraídos en el extranjero.
La pareja ha presentado una demanda en el Tribunal Administrativo de Sofía, que, a su vez, pidió una aclaración al TJUE. Ahora el Tribunal Administrativo debe pronunciarse en conformidad con la posición europea.
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